Finalmente la Asamblea Legislativa aprobó en segundo debate la Ley sobre los incentivos y la promoción del transporte eléctrico, cuyo fin es impulsar la compra de estos tipos de automóviles en el país.

“Los impuestos de los cuales estas unidades estarán exentas son tres: el impuesto general a las ventas, el selectivo al consumo y el impuesto al valor de aduana. Además, se hace algún tipo de exoneración a los primeros $60.000 del valor CIF del vehículo. De estos, $30.000 están libres de impuesto al 100%. Las exenciones al monto restante se aplican de forma diferente, según una tabla concebida para ese fin”.

“El valor CIF (costo, seguro y flete) comprende el importe total del autovehículo al llegar al puerto, así como el seguro que se debe pagar a la compañia naviera, al transportista o al asegurador por el transporte de esa mercancía, y el monto que implica ese traslado”.

Fuente: https://www.centralamericadata.com/en/article/main/Exemptions_for_Electric_Vehicles_1?u=c6dea17035e37cf6bd0bb75635595727&s=n&e=3&mid=[MESSAGEID]