NOTARIADO CONSULAR

Legalización de documentos

En diciembre de 2011, entró en vigor en Costa Rica la Convención de la Apostilla de la Haya, que remplaza las formalidades de la legalización consular a través de la emisión de un sello, denominado “Apostilla”. Por lo anterior, el procedimiento de legalización consular puede ser sustituido por la Apostilla, que da valor internacional al documento. La Apostilla se obtiene en la Prefettura o Procura local, según la naturaleza del documento.

Autenticaciones y certificaciones

Solamente el Consulado General de Costa Rica en Roma  se encuentra habilitado para la autenticación de firmas y la certificación de documentos. Sírvase comunicarse vía telefónica o por e mail con el Consulado para verificar la posibilidad de autenticar o certificar el documento de interés y obtener una cita.

Otorgamiento de escrituras notariales

Solamente el Consulado General de Costa Rica en Roma se encuentra habilitado para el otorgamiento de escrituras notariales. La preparación de la escritura debe ser solicitada vía email al Consulado, adjuntando los siguientes documentos:

  • Texto redactado por un notario costarricense;

  • Copia de la cédula de identidad (costarricenses) o pasaporte (extranjeros) de todas las personas involucradas en la escritura;

  • Copia de los documentos de referencia emitidos por el Registro que correspondan en Costa Rica (p.e., certificación de propiedad de vehículos o de inmuebles);

  • Si alguna de las partes involucradas es una persona jurídica, deberá también aportarse un Certificado de Personería de Persona Jurídica (entidades costarricenses) o la visura emitida por la Cámara de Comercio correspondiente (entidades italianas);

  • Los originales de todos los documentos deberán ser presentados al Consulado para su verificación el día de la firma de la escritura.

  • Transferencia de USD $132,07 por cada acto.

  • Mayor información sobre los aranceles consulares, aquí.