A partir del 1 de agosto de 2020, Costa Rica abrió paulatinamente sus fronteras a los turistas extranjeros.

La lista de países habilitados como puntos de procedencia para el ingreso de personas al territorio nacional, son:

•ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA solamente residentes de los siguientes estados: Connecticut, Distrito de Columbia, Maine, Maryland, Nuevo Hampshire, Nueva Jersey, Nueva York, Vermont, Virginia, Arizona, Colorado, Massachusetts, Michigan, Nuevo México, Oregon, Pensilvania, Rhode Island, Washington y Wyoming, California y Ohio.

•A partir del 15 de octubre: Florida, Georgia y Texas.

•A partir del 01 de noviembre: Todos los residentes y ciudadanos de EE.UU.

•CANADÁ

•MÉXICO

•ZONA SCHENGEN DE LA UNIÓN EUROPEA

•REINO UNIDO

•AMÉRICA DEL SUR: Uruguay

•CARIBE: Jamaica.

•ASIA: Japón,Corea,Tailandia,Singapur y la República Popular China para ciudadanos y residentes de Japón, Corea del Sur, Tailandia, Singapur y la República Popular China.

•OCEANÍA: para vuelos desde Australia y Nueva Zelanda para ciudadanos y residentes de Australia y Nueva Zelanda.

Para aquellas personas que deseen viajar a Costa Rica como turistas, los requisitos son:

1) Prueba médica negativa de PCR-RT COVID para viajeros a partir de los 12 años, realizada con un máximo de 72 horas previas al viaje. No se aceptan pruebas rápidas ni tests sierológicos. El resultado debe presentarse en español o inglés, para lo cual hay 3 opciones:

  1. a) Puede solicitar a la clínica o médico emitir el diagnóstico directamente en español o inglés: “La Clínica …..… certifica que el señor(a) …..…. ha realizado la prueba COVID el día dd/mm/2020 y presenta resultado ……”.
  2. b) Puede solicitarle a un traductor oficial que realice la traducción del italiano al español o inglés.
  3. c) El Consulado General de Costa Rica en Italia puede hacer una certificación en español del resultado médico con un costo de USD $40 que deberán ser depositados en la cuenta del Consulado previo a la emisión del respectivo certificado médico.

2) Seguro de viaje vigente durante el periodo en Costa Rica. Se aceptan pólizas emitidas por:

* El Instituto Nacional de Seguros de Costa Rica (INS) https://cotiza.ins-cr.com/frmDatosIncluir.aspx?P=431

* Sagicor https://www.sagicor.crhttps://tiendasagicor.com/collections/all/

* En alternativa se valorará un seguro de viaje internacional, que cubra gastos médicos por Covid-19 por al menos US$50.000 (cincuenta mil dólares), y gastos de aislamiento (hospedaje) por al menos US$2.000 acompañado de una certificación en inglés o en español emitida por la aseguradora que haga constar el cumplimiento de las condiciones aquí mencionadas.

Las pólizas internacionales deben ser aprobadas por el Instituto Costarricense de Turismo (ICT), el interesado deberá escribir al correo: seguros@ict.go.cr

3) Completar el formulario digital «Pase de Salud», donde se deberá adjuntar el número de póliza y el resultado de la prueba PCR-RT COVID con su traducción en formato PDF o JPEG. El formulario está disponible en: https://salud.go.cr

Ingreso de costarricenses y residentes:

  • Los costarricenses y residentes deberán completar el «Pase de Salud» y cumplir con el aislamiento domiciliar obligatorio de 14 días en Costa Rica. En alternativa,  quienes procedan de uno de los países autorizados y no deseen realizar la cuarentena, pueden presentar una prueba médica PCR-RT COVID negativa tomada con un máximo de 72 horas, con su debida traducción.
  • Los residentes tienen que estar al día con los pagos a la Caja Costarricense de Seguro Social. La situación con la CCSS se puede verificar aquí: https://sfa.ccss.sa.cr/servMedicos/validarDerechos.do En el caso de residentes que no tengan los pagos al día, podrán ingresar con un seguro de viaje del INS por 22 días y al ingresar se le brindará un plazo para pagar las cuotas y ponerse al día con la CCSS.