- Aprobación del reglamento habilita los beneficios que la Ley trae al país.
Con la firma del Presidente de la República y de los Ministros de Comercio Exterior, Hacienda y Gobernación y Policía; quedó en firme la aprobación del reglamento a la Ley de Atracción de Inversiones Fílmicas en Costa Rica, lo cual facilitará la llegada de proyectos de esta industria a Costa Rica.
Con la aprobación de este reglamento, se habilitan los beneficios para que los inversionistas de este sector puedan iniciar la aplicación de los incentivos definidos en la Ley, tales como la exoneración total del impuesto sobre la renta y cualquier otro tributo a las ganancias, la devolución exención de todo impuesto sobre la importación permanente de bienes al territorio nacional para la realización de actividades fílmicas, así como la exoneración suspensión de todo impuesto a la importación temporal sobre equipos. El reglamento rige a partir de la publicación en el Diario Oficial La Gaceta.
“La aprobación de este reglamento significa una ventana de oportunidades para Costa Rica, es colocar a nuestro país en el lente de grandes producciones internacionales. Esto se traduce en un gran potencial para atraer inversiones fílmicas que puedan generar más encadenamientos con nuestra oferta de locaciones, bienes y servicios, significa llevar más desarrollo económico y social a todo el país -especialmente a las regiones fuera de la Gran Área Metropolitana (GAM)-, y significa reactivación económica en tiempos en que el país más lo necesita”, afirmó Manuel Tovar, ministro de Comercio Exterior y presidente de la Junta Directiva de PROCOMER.
En relación con la promoción de los encadenamientos productivos, el reglamento define que la Promotora del Comercio Exterior (PROCOMER) levantará y actualizará un inventario permanente de proveedores de bienes y servicios que puedan ser requeridos por los beneficiarios de la Ley; el cual estará disponible tanto en la página web de PROCOMER (www.procomer.com) como en la de la Comisión Fílmica de Costa Rica (www.costaricafilmcommission.org).
El reglamento a la Ley de Atracción de Inversiones Fílmicas establece todas las disposiciones operativas que se deben seguir para las firmas interesadas en realizar proyectos audiovisuales en Costa Rica y ampararse a los incentivos que ofrece. Además, precisa que PROCOMER y la Secretaría Técnica de la Comisión Fílmica de Costa Rica, podrán brindar apoyo y seguimiento a los trámites relacionados con cada Proyecto de Inversión Fílmica o Audiovisual (PIA), con el objetivo de mejorar la experiencia del inversionista.
Asimismo, los gobiernos locales de todo el país juegan un rol muy importante y así lo especifica el reglamento, cuando dicta que “las municipalidades, con base en los principios de simplificación de trámites y eficiencia administrativa, procurarán contar con un permiso integrado para todas aquellas autorizaciones o requerimientos necesarios en el caso de la filmación audiovisual en espacios públicos o en bienes de dominio público bajo su jurisdicción”.
A nivel mundial, la industria del cine supera los $41.000 millones, razón por la cual COMEX y PROCOMER se sumaron -hace cinco años- al desarrollo de la industria audiovisual a través de la creación de la Comisión Fílmica, apoyando al sector desde cuatro aristas:
- Atracción de negocios audiovisuales a Costa Rica.
- Apoyo a talentos nacionales para exportar y monetizar sus proyectos.
- Facilitando trámites a través de la coordinación con otras instituciones.
- Apoyando en el diseño de una propuesta de incentivos para atraer proyectos fílmicos/audiovisuales internacionales para ser producidos en Costa Rica.
En seguimiento a esas aristas, se han conformado Comisiones Regionales y Film Friendly Zones en prácticamente todas las regiones del país, para facilitar los trámites y que más producciones internacionales se establezcan en Costa Rica. Además, se han generado catálogos de locaciones y de suplidores de servicios para el sector audiovisual, así como la generación de protocolos para permisos de filmación en las instituciones de la región.
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